ASESORIA Y CONSULTORIA JURIDICA, EN EDUCACIÓN Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y ENTRENADOR EN LIDERAZGO

Abogado, Especializado en Gestión Pública, estudios de Maestría en Administración Pública -ESAP y Maestro en Administración Pública del Instituto Universitario Veracruzano de México, estudios de Doctorado en Ciencias Políticas y Sociales (2023-2025) en el Colegio de Morelos (México), ex-Conjuez del tribunal administrativo del Huila. Docente Universitario y del magisterio, investigador y capacitador. Columnista y conferencista en liderazgo, emprendimiento e innovación y derechos humanos. Conciliador en Derecho. Amplia experiencia en el sector educativo, Administración Pública y liderazgo. Experto en gestión de fortalezas. Apasionado de la psicología positiva. No dude en contactarme y efectuar su consulta que de inmediato se dará respuesta oportuna a su llamado o consulta.

UN NUEVO MODELO DE LIDERAZGO

Los nuevos líderes y trabajadores del futuro deben tener una habilidad que pueda venderse al rededor del mundo. Con esa habilidad; construir una marca personal, idea o un producto. También, colaborar con otras personas que son diferentes a nosotros, de ciudades distintas, de otras nacionalidades, de especialidades y géneros no iguales. Si no tenemos clara esa habilidad, seremos rápidamente reemplazados.

jueves, 18 de junio de 2026

Las alocuciones presidenciales

 Columna publicada en el Diario la Nación, el 25 de febrero de 2025

La alocución presidencial del pasado domingo generó muchas críticas sobre lo que debe ser este espacio televisivo otorgado mediante Ley. Prácticamente, se desdibujó o se ha perdido el sentido de lo que se debe comunicar por parte del gobierno. Se ha llegado a pasar el límite del abuso del espacio y ya no es de tanto interés, por lo improvisado, su simbología, de todo se habla, pero no soluciones, se no concreta o comunica decisiones sobre asuntos prioritarios, entre otros aspectos. Ya no se cumplen las expectativas ante el anuncio que una alocución. No se respetan los tiempos de emisión. se sabe que inició, pero no cuando termina. Es más, un espacio de campaña política o continuidad de esta. Reclamos y mas reclamos al pasado. O más bien, lo malo de lo ocurrido en la historia. En esta ocasión hasta de física cuántica habló, pero hasta los físicos no entendieron lo que quiso decir. Tenemos que desempolvar la sentencia C-1172 de 2001, Magistrado Ponente, Alfredo Beltrán Sierra, Expediente D-3544 en la que la sala plena de la Corte Constitucional resolvió la demanda del artículo 32 de la Ley 182 de 1995 sobre el acceso del Gobierno Nacional a los canales de televisión. En particular, en cuanto a que: “…el presidente de la República podrá utilizar, para dirigirse al país, los servicios de televisión, en cualquier momento y sin ninguna limitación…”. Lo que se demandó allí, era que el presidente no podía utilizar en cualquier momento y sin ninguna limitación los canales de televisión. En toda la disertación realizada por los participantes y en la definición de la situación jurídica planteada, el alto tribunal encontró exequible que lo podía hacer en cualquier tiempo, por un lado. Pero, que no lo podía hacer sin ninguna limitación. Al contrario, manifestó que la intervención del presidente de la República a través de la televisión bebía ser personal, sobre asuntos de interés público, directamente relacionados con sus funciones sin que pueda incurrirse en ninguna arbitrariedad, pues, la dignidad del cargo le impone como al que más, el respeto de los derechos y libertades de sus gobernados. Pero aquí ya no se sabe. No abuso por favor.   

 

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