Columna publicada en el Diario la Nación el 24 de septiembre de 2025
Es
importante manifestar que, a las instituciones del Estado les corresponde
emitir, elaborar o tener lineamientos claros que contribuyan a incrementar la
inclusión a través del enfoque de orientaciones sexuales e identidades de
género diversas (OSIGD) como política orientada a mejorar la relación
Estado-Ciudadanía. En esos lineamientos se debe especificar con claridad lo que
significa sexo, género, identidad de género, orientación sexual, expresión de
género, cisgénero, transgénero, transexual, intersexual, no binario,
particularidades del género no binario, género fluido, agénero, bigénero,
demigénero, LGBTIQ+, etc. Es decir, todo servidor público comprende, apropia y
domina estos temas, para que en esa conversación con estos grupos poblacionales
no genere controversias y la relación sea incluyente, fluida y respetuosa. Implica,
la capacidad pedagógica de orientar, observar, estudiar y transformar desde diferencias
culturales, económicas y políticas que construyan reconocimiento,
posicionamiento y visibilización de mujeres y personas LGBTIQ+ en agendas
sociales y políticas públicas, entre otros. Requiere también, la debida
comprensión de las expresiones de género entendida como la manifestación
externa de distintas características culturalmente consideradas como masculinas
o femeninas. Es necesario ser empático, no sólo al cómo se siente o me sienta
frente al género, sino a la manera en que expresa ese sentir a través de unos
roles referidos a lo masculino y femenino y que trascienden lógicas binarias de
masculino=hombre o femenino=mujer. No se olvide que las identidades de género,
en cuanto son constructos sociales y culturales que establecen maneras de “ser
hombre” o “ser mujer”, no es solo a partir de las diferencias biológicas de los
sexos. El género con que las personas se identifican puede o no corresponder
con el sexo-género jurídicamente asignado al nacer. Urgente la mirada o perspectiva
intersectorial, porque permite “visiones” diferentes a sus realidades,
vivencias, género, pertenencia étnica o racial, clase y que dificultan el goce
efectivo de derechos por los diversos sistemas de opresión que se ejerce sobre ellos.
La diversidad sexual, hace referencia a la posibilidad que tiene una persona de
vivir su sexualidad e identidad de género de una manera libre y responsable. De
ahí, la necesidad urgente de estos lineamientos dirigidas a estos grupos
poblacionales a fin que promuevan su derecho al autoreconocimiento o identidad
mediante acciones afirmativas. En la actualidad, estas personas tienen una
experiencia completamente distinta en los escenarios de relación con el Estado
frente a otras que no sufren ninguna discriminación. Razón fundamental, para que hasta en el lenguaje
no sexista, mejoremos. Este no afecta el idioma ni constituye un mal mensaje de
las reglas gramaticales; más bien, es una forma a través de la cual,
contribuimos, al mejoramiento de las relaciones con la ciudadanía. Urgente,
estos lineamientos. Ello, proporcionará canales rápidos, sencillos y claros,
incluso, para que puedan presentar denuncias o quejas cuando un servidor del
Estado violente los derechos de las personas con OSIGD durante la ejecución de su
labor. Esto no es cuento.

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