Ahora que ya tenemos todo el contenido de la Sentencia de la Corte Constitucional, C-379 de 2016 a disposición de los Colombianos (Ref: Expediente PE-045), revisión de constitucionalidad del proyecto de ley estatutaria No. 94/15 del Senado-156/15 de la Cámara “Por la cual se regula el plebiscito para la refrendación del Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera” del 18 de julio de 2016; sí podemos con firmeza fortalecer la discusión frente al Sí y el No para ratificarlo en las urnas en los próximos días. A pesar de faltar algunos puntos por concretarse, como por ejemplo, ¿qué estarán haciendo los angelitos (guerrilleros) ese antes-durante y el día después de las elecciones si todavía no se ha concretado el llamado día “D”?, entre otros aspectos que son inquietantes. Sin embargo, el llamado en esta oportunidad, es a que por los menos, desde los que están en el grado once (11) de las instituciones educativas y conjuntamente con sus docentes, en los institutos de educación para las competencias laborales, en las universidades, en las empresas y, todos los que tenemos la fortuna de leer; podamos ojear, dar lectura, repasar, preguntar y comprender las 337 páginas de la totalidad del contenido de la Sentencia de la Corte, antes indicada. Las Universidades e Instituciones mencionadas, deben marcar un protagonismo en este sentido. Que los miles de estudiantes universitarios, sumado a los profesores, independientemente de su sesgo al Sí o al No, puedan realizar su pedagogía con total responsabilidad a los huilenses. Como se sabe, esto es histórico. Cambiará, espero que para bien, las cosas en el país. Nadie puede sustraerse de participar en el Si y el No. La historia, se lo cobrará. Porque no, la patria lo exigirá. No podemos privarnos de esta maravillosa oportunidad. Aquellos que no han votado por apatía, por no identificación con un partido, en blanco, lo han desperdiciado votando mal y anulando su voto, no tendrán excusas. El sólo sentimiento nos motiva a hacer nuestro ejercicio del sufragio. En esta pedagogía, cómo no dar lectura y conocer que dijeron las distintas facultades de derecho de las Universidades ante la Corte Constitucional, (lastimosamente ni la Usco, ni Cooperativa, menos la Nariño están allí), las diferentes organizaciones, personas naturales, instituciones del Estado (Procuraduría, Defensoría, Fiscalía, etc.) para fundamentar la decisión que tomara la Corte. Importante profundizar lo analizado y plasmado por los magistrados de la misma Corte Constitucional. Valioso entender, porqué se tomaron tanto tiempo en publicar el texto definitivo del comunicado proferido el 18 de julio. Así mismo, porque algunos magistrados de la Corte han reclamado que el texto definitivo salió sin su aval, o no haber incorporado algunos apartes que habían manifestado en sus debates internos. Bienvenida la Pedagogía.
miércoles, 17 de agosto de 2016
SENTENCIA DEL PLEBISCITO
Columna escrita en el Diario la Nación el día 17 de agosto de 2016
Ahora que ya tenemos todo el contenido de la Sentencia de la Corte Constitucional, C-379 de 2016 a disposición de los Colombianos (Ref: Expediente PE-045), revisión de constitucionalidad del proyecto de ley estatutaria No. 94/15 del Senado-156/15 de la Cámara “Por la cual se regula el plebiscito para la refrendación del Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera” del 18 de julio de 2016; sí podemos con firmeza fortalecer la discusión frente al Sí y el No para ratificarlo en las urnas en los próximos días. A pesar de faltar algunos puntos por concretarse, como por ejemplo, ¿qué estarán haciendo los angelitos (guerrilleros) ese antes-durante y el día después de las elecciones si todavía no se ha concretado el llamado día “D”?, entre otros aspectos que son inquietantes. Sin embargo, el llamado en esta oportunidad, es a que por los menos, desde los que están en el grado once (11) de las instituciones educativas y conjuntamente con sus docentes, en los institutos de educación para las competencias laborales, en las universidades, en las empresas y, todos los que tenemos la fortuna de leer; podamos ojear, dar lectura, repasar, preguntar y comprender las 337 páginas de la totalidad del contenido de la Sentencia de la Corte, antes indicada. Las Universidades e Instituciones mencionadas, deben marcar un protagonismo en este sentido. Que los miles de estudiantes universitarios, sumado a los profesores, independientemente de su sesgo al Sí o al No, puedan realizar su pedagogía con total responsabilidad a los huilenses. Como se sabe, esto es histórico. Cambiará, espero que para bien, las cosas en el país. Nadie puede sustraerse de participar en el Si y el No. La historia, se lo cobrará. Porque no, la patria lo exigirá. No podemos privarnos de esta maravillosa oportunidad. Aquellos que no han votado por apatía, por no identificación con un partido, en blanco, lo han desperdiciado votando mal y anulando su voto, no tendrán excusas. El sólo sentimiento nos motiva a hacer nuestro ejercicio del sufragio. En esta pedagogía, cómo no dar lectura y conocer que dijeron las distintas facultades de derecho de las Universidades ante la Corte Constitucional, (lastimosamente ni la Usco, ni Cooperativa, menos la Nariño están allí), las diferentes organizaciones, personas naturales, instituciones del Estado (Procuraduría, Defensoría, Fiscalía, etc.) para fundamentar la decisión que tomara la Corte. Importante profundizar lo analizado y plasmado por los magistrados de la misma Corte Constitucional. Valioso entender, porqué se tomaron tanto tiempo en publicar el texto definitivo del comunicado proferido el 18 de julio. Así mismo, porque algunos magistrados de la Corte han reclamado que el texto definitivo salió sin su aval, o no haber incorporado algunos apartes que habían manifestado en sus debates internos. Bienvenida la Pedagogía.
Ahora que ya tenemos todo el contenido de la Sentencia de la Corte Constitucional, C-379 de 2016 a disposición de los Colombianos (Ref: Expediente PE-045), revisión de constitucionalidad del proyecto de ley estatutaria No. 94/15 del Senado-156/15 de la Cámara “Por la cual se regula el plebiscito para la refrendación del Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera” del 18 de julio de 2016; sí podemos con firmeza fortalecer la discusión frente al Sí y el No para ratificarlo en las urnas en los próximos días. A pesar de faltar algunos puntos por concretarse, como por ejemplo, ¿qué estarán haciendo los angelitos (guerrilleros) ese antes-durante y el día después de las elecciones si todavía no se ha concretado el llamado día “D”?, entre otros aspectos que son inquietantes. Sin embargo, el llamado en esta oportunidad, es a que por los menos, desde los que están en el grado once (11) de las instituciones educativas y conjuntamente con sus docentes, en los institutos de educación para las competencias laborales, en las universidades, en las empresas y, todos los que tenemos la fortuna de leer; podamos ojear, dar lectura, repasar, preguntar y comprender las 337 páginas de la totalidad del contenido de la Sentencia de la Corte, antes indicada. Las Universidades e Instituciones mencionadas, deben marcar un protagonismo en este sentido. Que los miles de estudiantes universitarios, sumado a los profesores, independientemente de su sesgo al Sí o al No, puedan realizar su pedagogía con total responsabilidad a los huilenses. Como se sabe, esto es histórico. Cambiará, espero que para bien, las cosas en el país. Nadie puede sustraerse de participar en el Si y el No. La historia, se lo cobrará. Porque no, la patria lo exigirá. No podemos privarnos de esta maravillosa oportunidad. Aquellos que no han votado por apatía, por no identificación con un partido, en blanco, lo han desperdiciado votando mal y anulando su voto, no tendrán excusas. El sólo sentimiento nos motiva a hacer nuestro ejercicio del sufragio. En esta pedagogía, cómo no dar lectura y conocer que dijeron las distintas facultades de derecho de las Universidades ante la Corte Constitucional, (lastimosamente ni la Usco, ni Cooperativa, menos la Nariño están allí), las diferentes organizaciones, personas naturales, instituciones del Estado (Procuraduría, Defensoría, Fiscalía, etc.) para fundamentar la decisión que tomara la Corte. Importante profundizar lo analizado y plasmado por los magistrados de la misma Corte Constitucional. Valioso entender, porqué se tomaron tanto tiempo en publicar el texto definitivo del comunicado proferido el 18 de julio. Así mismo, porque algunos magistrados de la Corte han reclamado que el texto definitivo salió sin su aval, o no haber incorporado algunos apartes que habían manifestado en sus debates internos. Bienvenida la Pedagogía.
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