ASESORIA Y CONSULTORIA JURIDICA, EN EDUCACIÓN Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y ENTRENADOR EN LIDERAZGO

Abogado, Especializado en Gestión Pública, estudios de Maestría en Administración Pública -ESAP y Maestro en Administración Pública del Instituto Universitario Veracruzano de México, cursante del Doctorado en Ciencias Políticas y Sociales en el Colegio de Morelos (México), ex-Conjuez del tribunal administrativo del Huila. Docente Universitario (del magisterio), investigador y capacitador. Columnista y conferencista en liderazgo, emprendimiento e innovación y derechos humanos. Conciliador en Derecho. Amplia experiencia en el sector educativo, Administración Pública y liderazgo. Experto en gestión de fortalezas. Apasionado de la psicología positiva. No dude en contactarme y efectuar su consulta que de inmediato se dará respuesta oportuna a su llamado o consulta.

UN NUEVO MODELO DE LIDERAZGO

Los nuevos líderes y trabajadores del futuro deben tener una habilidad que pueda venderse al rededor del mundo. Con esa habilidad; construir una marca personal, idea o un producto. También, colaborar con otras personas que son diferentes a nosotros, de ciudades distintas, de otras nacionalidades, de especialidades y géneros no iguales. Si no tenemos clara esa habilidad, seremos rápidamente reemplazados.

domingo, 13 de noviembre de 2016

CONTROL SOCIAL A LA GESTIÓN PUBLICA


Columna publicada el  09/11/16 en el Diario la Nación www.lanacion.com.co

Con lo ocurrido sobre la reforma administrativa en Neiva, en la que no hay información disponible, es oportuno reiterar a la población, que el “control social a la gestión pública” se instauró oficialmente con la expedición de la Ley 1757 de 2015.  El Art. 60, expresa: “El control social es el derecho y el deber de los ciudadanos a participar de manera individual o a través de sus organizaciones, redes sociales e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados. Quienes ejerzan control social podrán realizar alianzas con Organizaciones No Gubernamentales, fundaciones, universidades, gremios empresariales, medios de comunicación y entidades afines para fortalecer su ejercicio, darle continuidad y obtener apoyo financiero, operativo y logístico. De igual manera, podrán coordinar su labor con otras instancias de participación a fin de intercambiar experiencias y sistemas de información, definir estrategias conjuntas de actuación y constituir grupos de apoyo especializado en aspectos jurídicos, administrativos, y financieros”. Ordenó que todo plan de desarrollo debe incluir medidas específicas orientadas a promover la participación de todas las personas en las decisiones que los afectan y el apoyo a las diferentes formas de organización de la sociedad. En los planes de gestión de las instituciones públicas debe estar explícita la forma como se facilitará y promoverá la participación de las personas en los asuntos de su competencia. Y va mucho más allá, en el entendido que las discusiones que se realicen para la formulación de la política pública de participación democrática deberán realizarse en escenarios presenciales o a través de medios electrónicos, cuando sea posible, utilizando las tecnologías de la información y las comunicaciones. El reto es que la sociedad se apropie de todos los mecanismos de participación, herramientas jurídicas del control social y utilice bien los canales de información de las entidades para exigir cuentas y aportar en la construcción de lo público. Un ciudadano que domine y participe en los temas de las audiencias públicas, consulta previa, derecho de petición, acción popular, acción de grupo, acción de tutela, acción de cumplimiento, denuncia, queja, voto, revocatoria, iniciativa popular legislativa, referendo, plebiscito, cabildo abierto, acuerdos participativos, diálogo social, alianza para la prosperidad, rendición de cuentas, presupuesto participativo, recursos en sede administrativa, medios de control del código de procedimiento y contencioso administrativo y 50 instrumentos más existentes; con seguridad no dará lugar a repetir acciones como las del alcalde de Neiva. Y lo que traerán los acuerdos de la Habana en participación ciudadana es mayor todavía. El ELN exige en sus diálogos participación de la sociedad civil. Ciertos países tomaron la delantera en ello. La Ley citada, impone la obligación a las entidades públicas para capacitar en estos temas. La ESAP, ya lo está haciendo. No más individuos ingenuos ante funcionarios arrogantes. Exigimos gestión por resultados.



No hay comentarios: