Columna publicada en el Diario la Nación el 30/09/2020
La semana
anterior, se decretó la invalidez del acuerdo del concejo municipal No. 016 de
2020 que había aprobado el plan de desarrollo del municipio de Timaná, por
parte del Tribunal Administrativo del Huila. Según la decisión judicial, por la
“vulneración de la Ley al no darse la aprobación del mismo de conformidad con
lo establecido en el artículo 73 de la Ley 136 de 1994 para la realización de
los debates. Este artículo establece:
“Para
que un proyecto sea Acuerdo, debe aprobarse en dos debates, celebrados en
distintos días. El proyecto será presentado en la Secretaría del Concejo, la
cual lo repartirá a la comisión correspondiente donde se surtirá el primer
debate. La Presidencia del Concejo designará un ponente para primero y segundo
debate. El segundo debate le corresponderá a la sesión plenaria. Los proyectos
de acuerdo deben ser sometidos a consideración de la plenaria de la corporación
tres días después de su aprobación en la comisión respectiva. El proyecto de
acuerdo que hubiere sido negado en primer debate podrá ser nuevamente
considerado por el Concejo a solicitud de su autor, de cualquier otro concejal,
del gobierno municipal o del vocero de los proponentes en el caso de la iniciativa
popular. Será archivado el proyecto que no recibiere aprobación y el aprobado
en segundo debate lo remitirá la mesa directiva al alcalde para su sanción”. Expresemos hasta aquí, que este fue un
excelente control por parte de la competencia que se le otorga al gobernador
según el artículo 82 de la Ley 136/94 en cumplimiento de la atribución del
numeral 10 del artículo 305 de la Constitución Política, quien advirtió sobre el
asunto y procedió a su demanda. También, que el Tribunal actuó inmediatamente.
Así debería ser todo. Lo malo, la actuación negligente de los cabildantes.
También, que el Alcalde y sus asesores, descuidaron este trámite. A uno no se
le puede caer su caballito de batalla logrado en una campaña (programa de
gobierno), luego concertado con comunidades como proyecto del plan de
desarrollo y, durante el trámite en el Concejo Municipal; toda vez que se trata
de su carta de navegación para el cuatrienio con sello propio. Lo ocurrido, es una primera zancadilla a los
propósitos como administración entrante y que ya lleva 9 meses tratando de
salir a flote dentro de un maremágnum de problemas públicos que lo asechan y
para el cual se comprometió a gestionar su resolución. La actuación de los
concejales debe ser censurada por la misma comunidad. No es posible, que el
proyecto más importante que tramitan en todo su cuatrienio, sea precisamente el
que descuiden o efectúen sus procedimientos de manera irregular. El hecho de
ocurrir este caso en Timana, vaya y venga. Pero que suceda también en otros
municipios vecinos con la similitud de causas, eso ya es otro cuento.
Definitivamente, ¿arrogancia, ignorancia o desconocimiento de lo público?. Más
humildad, más información, más apropiación de la administración pública, y más
trabajo en red. Ya no estamos atados como en el mito de la caverna. Tenemos una
administración pública tecnologizada. Pero con servidores públicos obnubilados.
No más.
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