La aprobación del Proyecto que autoriza al Alcalde para modificar el Contrato de Concesión de alumbrado público (UT Diselecsa-Ism S.A/97), ocurrida en una extraña sesión efectuada el sábado anterior, donde le dieron el sí los Concejales Humberto Vargas, Jesús Garzón, Germán Vargas, Hernán Motta, Luis Iván Sandoval, Sandra Milena Ninco, David Andrés Cangrejo, Roque Esquivel y Juan Carlos Charry; marca un “Hito sin precedentes” en pro de la defensa de los intereses de los Neivanos, puesto que allí está en juego unos sobrecostos que continuarán asumiéndose y que ya han sido calculados o proyectados en unos quinientos cuarenta y dos mil millones de pesos, algo así como para comprar tres veces a Electrohuila (2 veces el presupuesto del ente territorial).
Lo curioso en este contrato es que tuvo lugar un Tribunal de Arbitramento a fin de revisar su objeto, remuneración, valor, expansión, garantías, flujo financiero de la propuesta, incrementos IPC concebidos, TIR Proyecto e Inversionista, incremento anual, retribución, excedentes, etc., y cuyo “Laudo Arbitral” emitido favorecía y creaba claridad. Pero, extrañamente fue anulado por el Consejo de Estado mediante sentencia del 13 de mayo de 2009 con Ponencia de Myriam Guerrero bajo el argumento traído de la luna, que éste había sido edificado en “conciencia, debiendo ser en derecho”. Ante ello, el municipio ni se inmutó, los organismos de control tampoco y los jurídicos expertos menos. Esto pareciera ser la constante a pesar que estamos en la segunda década del siglo XXI marcado por otras condiciones.
Como abogado conocedor del asunto, felicito a quiénes votaron negativamente: Orlando Ibagón, Alfadil Ortigoza, Mauricio Fernando Rojas, John Jairo Trujillo, Javier Silva Lara, y Edna Liliana Reyes y, también a los ausentes en esa sesión: José Amín Ortiz, Armando Vargas, Carlos Rodríguez y Luis Eduardo Penágos, éste último por estar en mi clase. Sus actuaciones merecen los efectos de un verdadero Tsunami que aplique la ciudadanía. Tenían que haber escuchado los ciudadanos, estudiado Laudo Arbitral, Fallo del Contencioso, sustentación del Alcalde Titular, ejecución, conceptos de expertos, estudio concienzudo de la oficina jurídica del municipio y la corporación y, estar todos. Los organismos de control, los partidos políticos y la ciudadanía tendrán todavía la última palabra. Sin embargo, el Alcalde aún se la puede jugar por su pueblo y hacer verdadera historia.
No hay comentarios:
Publicar un comentario