Columna publicada el 6 de diciembre de 2023 en el Diario la Nación
Confieso mi sentimiento de alegría, al haberme colado, a
pesar de tanta seguridad, al III encuentro de la Jurisdicción Disciplinaria,
realizado en Neiva el jueves y viernes anterior para analizar su impacto en la
Administración de Justicia. Recordemos que esta jurisdicción se creó por la
reforma constitucional contenida en el Acto Legislativo 02 de 2015, la cual suprimió
el Consejo Superior de la Judicatura y se reemplazó por el Consejo de Gobierno
Judicial y la Gerencia de la Rama. Con este cambio, se adoptó un nuevo modelo
de disciplina de la rama judicial que le dio paso a la creación de la Comisión
Nacional de Disciplina Judicial encargada del ejercicio de las funciones
jurisdiccionales disciplinarias de los funcionarios y empleados de la rama
judicial, así como de los abogados en ejercicio de la profesión, siempre que
esta función no sea atribuida a un colegio de abogados. Ver tanta camaradería
de sus integrantes de todas las sedes en el país, y miembros de las altas
cortes, reunidos en Neiva en torno a los temas a debatir (magistrados,
abogados, jueces, sustanciadores, administrativos); me despertó con mayor
apego, el alma de la toga, que estudié cuando comencé mi carrera de derecho en
1992 en la Universidad la Gran Colombia. Escuchar reiteradamente la necesidad
de actuar con principios éticos y transparentes en el control jurisdiccional
que les compete, me realimentó el valor esencial de mi carrera como abogado en
estos 25 años de ejercicio profesional, en la cual, he tenido también a cargo
la responsabilidad de investigar y sancionar servidores públicos por su
incumplimiento en el deber funcional. Lo que más me contagió fue precisamente
su disciplina, orden, glamour y espíritu de aprendizaje por las experiencias
compartidas, además, de la integración cultural vivida. La mística y el respeto
de todos hacia todos me hizo sentir envidia de la buena. Aspectos que casi no
se sienten en otros sectores o espacios de formación. Cómo
no quedarme atento y concentrado en estas particularidades, pero también en sus
temáticas: las diferencias con el derecho convencional, la especificidad en el ejercicio
de funciones jurisdiccionales por autoridades administrativas, las
particularidades de las autoridades indígenas como administradoras de justicia
y su control disciplinario, el control disciplinario de los auxiliares de
justicia, la implementación de la inteligencia emocional como horizonte para la
buena administración de justicia, el proceso disciplinario de abogados, el sistema
de garantías que se deben otorgar en su actuar, los innegables aportes de la
inteligencia artificial y las tecnologías de la información y la comunicación al
control jurisdiccional disciplinario (se incluye aquí el juez, abogado, fiscal
y defensor inteligente o robótico), el papel de la justicia arbitral en
Colombia y su control disciplinario, el análisis exhaustivo de la jurisdicción
indígena y el derecho disciplinario; todos ellos, explicarlos aquí, tomaría un
tiempo prudencial. Estos eventos en vivo en la región y en estos tiempos de
turbulencia política, dignifican la profesión, reviven la justicia y
enorgullece pertenecer a la rama judicial. Gratitud presidenta de CNDJ.
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